La Agència Catalana del Consum renueva el convenio con AUTOCONTROL para garantizar una publicidad responsable

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Amb l’acord ambdues entitats actualitzen el marc de cooperació existent des del 2014 que contribueix a un desenvolupament correcte de l’activitat publicitària

La Generalitat de Catalunya, mitjançant l’Agència Catalana del Consum, té assignada la competència exclusiva en matèria de consum, cosa que inclou el control de la publicitat

AUTOCONTROL és un organisme independent d’autoregulació de la indústria publicitària, integrat per anunciants, agències de publicitat, mitjans de comunicació i associacions professionals

La Agència Catalana del Consum (ACC), del Departamento de Empresa y Conocimiento, y la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (AUTOCONTROL) han firmado un convenio de colaboración en materia de actividad publicitaria y consumo , que actualiza el marco de cooperación existente entre ambas entidades desde 2014, para contribuir a un desarrollo correcto de la actividad publicitaria.

AUTOCONTROL es un organismo independiente de autorregulación de la industria publicitaria, integrado por anunciantes, agencias de publicidad, medios de comunicación y asociaciones profesionales, que además cuenta con el Jurado de la Publicidad, un órgano extrajudicial de resolución de controversias que se encarga de resolver reclamaciones en materia publicitaria.

De acuerdo con el nuevo convenio, AUTOCONTROL asume el compromiso de mantener informada regularmente la Agència tanto de su actividad de control previo voluntario de la publicidad, como de las decisiones que adopte el Jurado de la Publicidad.

Asimismo, la ACC, en el marco de cualquier actuación, podrá solicitar información a AUTOCONTROL sobre si una determinada pieza publicitaria ha obtenido un informe de asesoramiento previo positivo (Copy Advice® positiva); así como si ha sido objeto de un pronunciamiento por parte de Jurado de la Publicidad.

Además, antes de iniciar actuaciones contra una determinada comunicación comercial contraria a la ética publicitaria, la Agència Catalana del Consum podrá instar la actuación de AUTOCONTROL, sin que ello afecte las facultades inspectoras y sancionadoras de la ACC en en cuanto al control de la actividad publicitaria.

Por otra parte, los dos organismos podrán organizar conjuntamente actividades de divulgación y formación sobre el cumplimiento de la normativa legal y deontológica en materia de publicidad, desde el punto de vista de la defensa y la protección de los consumidores.

Finalmente, el acuerdo también establece la constitución de una comisión de seguimiento formada por dos representantes de Consum -uno de los cuales actuará como presidente- y dos representantes de AUTOCONTROL -uno de los cuales actuará como secretario-. Esta comisión se reunirá de forma periódica con el fin de hacer un seguimiento constante del desarrollo y la aplicación de este acuerdo.

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